En los últimos años, Chile ha dado pasos decisivos en la regulación del entorno digital. Dos leyes clave —la Ley Marco de Ciberseguridad (Ley N° 21.663) y la nueva Ley de Protección de Datos Personales (Ley N° 21.719)— obligan a las empresas a adoptar medidas concretas y verificables para proteger sus activos digitales y la información de las personas.
Como abogados que asesoran a empresas, es fundamental comprender quiénes están obligados, qué exige la ley, y qué riesgos enfrentan quienes no cumplen.
Ley Marco de Ciberseguridad – Ley N° 21.663
¿Qué es?
Establece un marco jurídico nacional para la ciberseguridad y crea la Agencia Nacional de Ciberseguridad (ANCI). Su objetivo es proteger la infraestructura crítica digital del país frente a ciberamenazas y ataques.
¿A quiénes aplica?
Empresas catalogadas como:
- Operadores de importancia vital (OIV) (por ejemplo: energía, salud, transportes, telecomunicaciones).
- Proveedores de servicios esenciales y relevantes. Son organizaciones públicas o privadas que proveen servicios cuya interrupción comprometería gravemente la vida, integridad o seguridad de las personas, o afectaría el orden público o la seguridad nacional. Empresas de telecomunicaciones,
proveedores de agua potable y alcantarillado, distribución eléctrica, operadores de transporte público estratégico, proveedores de servicios de salud (hospitales, clínicas, sistemas de urgencia), transporte y logística crítica (puertos, aeropuertos), sistemas de pagos electrónicos y financieros fintech, adquirentes, bancos)
Órganos del Estado.
¿Qué exige? - Políticas de ciberseguridad.
- Reporte de incidentes en plazos establecidos.
- Planes de continuidad y respuesta.
- Certificación de cumplimiento.
- Supervisión y fiscalización por la ANCI.
¿Qué arriesga una empresa que no cumple?
- Multas que pueden superar las 40.000 UTM.
- Suspensión de operaciones.
- Responsabilidad penal en casos graves (bajo la Ley de Delitos Económicos).
- Daño reputacional severo.
Ley de Protección de Datos Personales – Ley N° 21.719
¿Qué es?
Moderniza el marco legal de datos personales en Chile y adapta el país al estándar europeo (similar al GDPR). Regula el tratamiento de datos personales por parte de entidades públicas y privadas.
¿A quiénes aplica?
- Toda empresa o institución que trate datos personales, incluso si no son datos sensibles.
- No se excluye por tamaño: una PyME con una base de clientes también debe cumplir.
¿Qué exige? - Cambiar la forma de tratar datos personales de acuerdo a sus principios.
- Medidas de seguridad técnicas y organizativas.
- Respuesta oportuna a derechos ARCOP (acceso, rectificación, cancelación, oposición, portabilidad).
- Designación de un responsable o delegado de protección de datos.
¿Qué arriesga quien no cumple? - Multas de hasta 20.000 UTM por infracción.
- Responsabilidad civil por daños.
- Reclamaciones ante la nueva Agencia de Protección de Datos.
- Sanciones reputacionales, pérdida de clientes y acciones colectivas.
¿Por qué es urgente?
Estas leyes ya están vigentes y establecen plazos para su implementación. A la vez, la creciente judicialización de incidentes digitales y filtraciones de datos ha puesto a las empresas bajo un escrutinio público y legal creciente.
Beneficios directos de la implementación de estas normativas:
Reducción real del riesgo de ciberataques
- Implementar controles, monitoreo y protocolos exigidos por la Ley Marco disminuye la probabilidad y el impacto de ataques como ransomware, phishing, sabotajes o filtraciones.
- Permite detectar incidentes a tiempo y actuar antes de que escalen.
Evitar una filtración puede ahorrar millones en recuperación, multas y daño reputacional.
Cumplimiento normativo y prevención de sanciones
- Ambas leyes establecen obligaciones concretas, plazos y sanciones severas (hasta 20.000 UTM en datos personales y 40.000 UTM en ciberseguridad).
- El cumplimiento documentado permite responder ante fiscalizaciones, reclamos o investigaciones.
Evita multas, clausuras, suspensiones de servicio y acciones legales de terceros.
Protección de la reputación y la confianza
- Las empresas que protegen los datos personales y la infraestructura crítica demuestran compromiso con sus clientes, trabajadores y socios.
- Una sola filtración o exposición en prensa puede dañar irreparablemente la imagen de la empresa.
La confianza digital es un activo. Protegerla es un deber estratégico.
Ventaja competitiva frente a clientes y licitaciones
Cada vez más grandes empresas y organismos públicos están exigiendo a sus proveedores el cumplimiento de la Ley Marco de Ciberseguridad y la Ley de Protección de Datos Personales como criterio de evaluación o requisito mínimo.
- En licitaciones privadas, las compañías prefieren contratar a empresas que ya cuentan con políticas, controles y protocolos implementados, pues eso reduce el riesgo de disrupciones operativas o crisis reputacionales asociadas a ciberincidentes.
- En licitaciones públicas, el cumplimiento de estas normativas se está incorporando como parte de los criterios de seguridad, continuidad operacional y cumplimiento legal.
Hoy, cumplir con estas leyes ya no es solo una obligación: es un factor decisivo para ser elegidos como proveedor.
Mejora interna de procesos y resiliencia organizacional
- Implementar estas normativas exige revisar procesos, roles, controles y canales de respuesta.
- El resultado es una organización más ordenada, consciente del riesgo y resiliente ante crisis.
- Mejoran la gobernanza, los tiempos de respuesta y la coordinación interna.
Seguridad jurídica en el tratamiento de datos
- Contar con políticas, registros y consentimiento válido protege a la empresa ante reclamos por uso indebido de datos.
- El cumplimiento te respalda frente a la Agencia de Protección de Datos o ante tribunales.
Evita juicios, indemnizaciones y pérdida de credibilidad.
Posibilidad de certificar buenas prácticas (Compliance)
- Las leyes permitirán a futuro certificaciones y sellos oficiales, lo que puede ser usado en marketing, rendición de cuentas y cumplimiento ESG.
- Facilita integrar estas prácticas a los sistemas de compliance ya existentes (ej. ISO 27001, Ley 21.595).
¿Cómo aportar como abogados?
Aunque no todos los estudios legales asesoran directamente en estas materias, es vital que alertemos a nuestros clientes sobre la necesidad de: - Implementar políticas de cumplimiento.
- Obtener asesoría técnica y legal especializada.
- Estar preparados para fiscalizaciones y requerimientos regulatorios.
Ignorar estas normativas no solo expone a nuestros clientes a sanciones, sino también a crisis legales, operativas y reputacionales que podrían haberse evitado.
Si necesitas un acompañamiento confiable para tus clientes en la implementación de estas leyes, o deseas conversar cómo colaborar, quedo disponible.
Sebastián Izquierdo Bascuñán, Abogado penalista y regulatorio,
Socio Estudio Jurídico Izquierdo & Hurtado